Estos son los gastos desgravables del coche para autónomos y pymes en Hacienda

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Si eres autónomo y compraste un coche el año pasado para trabajar, puedes llevarte una alegría en la Declaración de la Renta 2018, lo mismo ocurre si tienes una pyme que se dedique al trasporte de viajeros, de mercancías o autoescuelas. Los expertos de Trive han realizado un minucioso análisis de todos los casos en los que te puedes desgravar los gastos de compra o mantenimiento de un vehículo.

Deducciones por comprar un coche

Desde Trive indican que las personas físicas no tienen ninguna deducción por la compra de un coche nuevo (salvo las excepciones que veremos más adelante); sin embargo, los autónomos que puedan vincular la adquisición del vehículo a la realización de una actividad profesional pueden desgravárselo, así como el mismo porcentaje del IVA.

«En casos excepcionales como profesiones vinculadas al transporte de viajeros, a los desplazamientos de agentes comerciales, a servicios de vigilancia, al transporte de mercancías o autoescuelas, podrán incluso desgravar la totalidad del IVA soportado en la compra del coche nuevo«, indican.

Por otro lado, no solo la compra del coche supone un importante gasto para los individuos, sino que el mantenimiento es un gasto continuo que soportar. Por ello, costes como la gasolina pueden desgravarse hasta en un 50% y en lo relativo al IVA para aquellos autónomos que puedan justificar y ligar su actividad con el uso del coche y en ningún caso para disfrute particular.

Las personas físicas no tienen ningún tipo de exención fiscal a menos que la compra del coche esté vinculada a transporte de personas con discapacidad o movilidad reducida, independientemente de quién vaya a ser el conductor del vehículo. En este caso, pueden desgravarse hasta el 50% del IVA, siendo este del 4% en vez del 21%, y aplicado exclusivamente en la compra de vehículo nuevo y sin matricular, por lo que los vehículos de Km 0 o segunda mano no podrán beneficiarse de este tipo de bonificación.

Vehículos «eco» con ventajas ante Hacienda

Tener coche de empresa se considera una retribución en especie y por lo tanto es una parte del sueldo, siempre y cuando se haga un uso particular del mismo. De hecho, si el uso es exclusivo para trabajar no será necesario tributar por él. En el caso de que el coche esté a nombre de la empresa, esta se puede desgravar un 20% anual del coste de compra, lo que incluye el IVA y el impuesto de matriculación.

Asimismo, la normativa del IRPF actual permite reducir la valoración del automóvil facilitado al empleado hasta un 15%, si las emisiones del coche no superan los 120g/km y su valor no excede los 25.000€, un 20% en el caso de que el coche sea híbrido y su valor en el mercado no supere los 35.000€ o un 30% si es considerado energéticamente eficiente. Además, este tipo de vehículos están exentos del impuesto de matriculación, otra ventaja a la hora de tributar por él.

Renting y leasing: otras formas de adquisición que también desgravan

Para llevar a cabo una forma de adquisición de un coche a través de renting y leasing, este debe estar a nombre de una persona física no jurídica. Esto hace que este tipo de contrataciones se hayan convertido en las más interesantes para los autónomos pues pueden desgravar hasta el 100% de las cuotas netas en el caso del renting, tanto en lo relativo al Impuesto de Sociedades como al IRPF.